El complicado entramado normativo de planes de igualdad y protocolos en las empresas. Algunas reflexiones sobre protocolos anti-acoso y de gestión de la diversidad
Resumen
En los últimos cuatro años, se han aprobado numerosas reformas legales (RD Ley 6/2019, Ley 15/2022, Ley 4/2023 y la ratificación por el estado español del CC 190 OIT) que incorporan numerosas y complejas obligaciones a las empresas para gestionar la igualdad y diversidad. Aquellas que den ocupación a cincuenta personas trabajadoras tendrán la obligación de implementar planes de igualdad y, con independencia de su dimensión, todas las empresas tendrán que negociar un protocolo de prevención frente a cualquier tipo de acoso y violencia en trabajo, con un mayor desarrollo para la detección y reparación del acoso sexual, acoso por razón de sexo y violencias sexuales. Finalmente, la ley 4/2023 mandata a la negociación colectiva a incorporar cláusulas que atienden a la diversidad sexual y emplaza a un ulterior desarrollo reglamentario la obligación contenida en el art. 15 y que se materializa en la obligatoria negociación de un conjunto de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI. En el presente artículo se analiza la complementariedad entre todos estos planes y protocolos y se valoran sus principales fortalezas y debilidades.
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