Personal de vuelo de las compañías aéreas: tribunal internacionalmente competente en materia de contrato individual de trabajo. (Algunas reflexiones en torno a la STJUE 14 septiembre 2017 asuntos acumulados Crewlink y Ryanair

  • Aurora Hernández Rodríguez Universidad de Cantabria
Palabras clave: contratos individuales de trabajo, personal de vuelo, trabajo a bordo de aeronaves, competencia judicial internacional, lugar donde el trabajador desempeña habitualmente el trabajo, Reglamento Bruselas-I, forum non conveniens, cláusula de excepción

Resumen

La relación jurídico-laboral del personal de vuelo reviste cierta complejidad, especial­mente, por las circunstancias en las que se desarrolla. A diferencia de lo que sucede en otras relaciones laborales típicas, en la actividad aérea no existe un lugar de trabajo fijo, estable y duradero. El TJUE, en su Sentencia 14 septiembre 2017, Asuntos acumulados Crewlink y Ryanair, se pronuncia por pri­mera vez sobre la interpretación del art. 19.2 a) Reglamento Bruselas-I a efectos de determinar cuál es el “lugar donde desempeña habitualmente su trabajo” el personal de vuelo. Para ello, y tomando como referencia la jurisprudencia ya existente en torno a la mencionada disposición, el Tribunal de Justicia soluciona la cuestión creando una presunción que conduce a equiparar dicho lugar con la “base” asigna­da por el operador a cada uno de los trabajadores. Dicha solución que podría considerarse satisfactoria, en tanto que aporta previsibilidad y seguridad jurídica, deja de serlo desde el momento en que el propio TJUE admite la posibilidad de que la presunción se enerve recurriendo de forma “insólita a la “cláusula de excepción”, mecanismo técnico jurídico reservado al conflicto de leyes, y dejando la puerta abierta con ello al forum non conveniens en materia de contratos individuales de trabajo.

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Publicado
2018-10-05
Cómo citar
Hernández Rodríguez, A. (2018). Personal de vuelo de las compañías aéreas: tribunal internacionalmente competente en materia de contrato individual de trabajo. (Algunas reflexiones en torno a la STJUE 14 septiembre 2017 asuntos acumulados Crewlink y Ryanair. CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 10(2), 852-865. https://doi.org/10.20318/cdt.2018.4407
Sección
Varia