La consolidación de una lúcida doctrina judicial sobre poligamia y pensión de viudedad: la STSJ de Andalucía de 24 de mayo de 2018
Resumen
Durante el año 2018 los tribunales españoles tuvieron que pronunciarse en diferentes ocasiones sobre los efectos legales que en España pueda tener el matrimonio poligámico celebrado válidamente en el extranjero. La institución de la poligamia es progresivamente una figura cada vez menos ajena a nuestro entorno jurídico, dada la reiteración con que se plantea ante nuestros órganos jurisdiccionales. Esta reincidencia es en gran medida responsable del progresivo cambio de la percepción judicial española ante esta figura: del rechazo absoluto y sin matices a la admisión de ciertas consecuencias jurídicas, en aras de una interpretación tuitiva de la poligamia. Así lo evidencia la sentencia que aquí se analiza, que reconoce el derecho a la pensión de viudedad de la una ciudadana española que había contraído matrimonio poligámico en Marruecos con un nacional de dicho país. Con esta decisión, el TSJ de Andalucía ratifica y consolida su lúcida línea interpretativa en esta materia, desde hace años partidaria de aplicar la doctrina del orden público atenuado a una institución plagada de matices, que casan mal con apreciaciones radicales y simplistas.