La violencia sexual como violencia de género: una perspectiva desde el derecho internacional de los derechos humanos
Resumen
A raíz de las recientes movilizaciones y reivindicaciones feministas en España y la polémica sentencia del caso la Manada, vuelve a surgir la necesidad de reformar el código penal en lo relativo a la violencia sexual. De acuerdo con los desarrollos del Feminismo Legal, es precisamente en los casos de violencia sexual contra las mujeres donde más interfieren los estereotipos de género, que no sólo influyen en las mentalidades y respuestas de las instituciones, sino que se encuentran enraizados en las propias leyes y normas jurídicas. Con el fin de garantizar una mayor protección a las mujeres supervivientes de violencia sexual en España, urge, por un lado, armonizar la legislación y las prácticas institucionales con los estándares mínimos establecidos en derecho internacional de los derechos humanos. Esto permitiría, de entrada, redactar una definición de violencia sexual basada en el consentimiento. Por otro lado, debería considerarse la violencia sexual como una forma de violencia de género, teniendo en cuenta que ésta afecta a las mujeres de forma desproporcionada. Dicha asimilación permitiría brindar mayor protección a las supervivientes y garantizar que sus casos sean tratados con perspectiva de género, es decir, apreciando el contexto de violencia sistémica y desequilibro en las relaciones de poder entre géneros en los que se enmarcan. De lo contrario, se seguirá obstruyendo el derecho de las mujeres a acceder a la justicia.
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