Sobre la revista
1. ENFOQUE Y ALCANCE
2. SECCIONES DE LA REVISTA
3. PROCESO DE EVALUACIÓN POR PARES
4. POLÍTICA DE ACCESO ABIERTO
5. CONTROL DE PLAGIO
6. INDEXACIÓN BASES DE DATOS
7. DECLARACIÓN DE ÉTICA Y BUENAS PRÁCTICAS
8. DERECHOS DE AUTOR Y POLÍTICA DE DIFUSIÓN
1. ENFOQUE Y ALCANCE
UNIVERSITAS. Revista de Filosofía, Derecho y Política es una publicación semestral, que iniciar su andadura en el año 2004 en el seno del Instituto de Derechos Humanos “Gregorio Peces-Barba” (antes "Bartolomé de las Casas") de la Universidad Carlos III de Madrid, desde el impulso de sus estudiantes y profesores, con el objetivo de abordar desde una óptica multidisciplinar cuestiones relativas a los derechos humanos, contribuyendo al fortalecimiento del Estado de Derecho y la democracia.
UNIVERSITAS nació para dar salida a algunos de los trabajos del alumnado y profesorado elaborados al hilo de los diferentes programas de postgrado (principalmente los programas de Máster y Doctorado) del Instituto de Derechos Humanos. Buena parte del éxito de esta Revista se debe al trabajo que realizó para su puesta en marcha y durante muchos años el que fuera su primer director: Roberto M. Jiménez Cano. A partir de 2020, la Asociación de Estudiantes y Egresadas/os del Instituto de Derechos Humanos "Gregorio Peces-Barba" se unió al proceso editorial de la revista.
Con ese impulso, UNIVERSITAS se ha transformado en una revista que acoge las contribuciones científicas del alumnado y de la comunidad científica dedicada a la filosofía, el derecho y la política, con independencia de la universidad o centro de procedencia.
2. SECCIONES DE LA REVISTA
Se aceptarán contribuciones inéditas a algunas de las tres secciones que integran la revista: artículos, reseñas y entrevistas.
Para la sección de “Artículos”, la revista recibirá trabajos científicos que impliquen una investigación académica rigurosa. El objetivo es difundir contribuciones que evidencien la pluralidad metodológica que promueve la revista, excepto en los casos en que se decida publicar un número extraordinario mediante un monográfico temático.
Para la sección de “Reseñas”, la revista invita al envío de análisis críticos y valoraciones de obras recientes o clásicas que guarden relación con la Filosofía Política, la Filosofía del Derecho, Filosofía Moral y Derechos Humanos desde la perspectiva constitucional, internacional o procesal.
Para la sección de “Entrevistas”, la revista invita al envío de diálogos en profundidad con figuras destacadas en Filosofía Política, Filosofía del Derecho, Filosofía Moral y Derechos Humanos. Se valora especialmente la participación de investigadores y defensores de derechos humanos de América Latina, con el propósito de visibilizar la diversidad de enfoques y fortalecer un diálogo académico inclusivo e intercultural entre comunidades.
3. PROCESO DE EVALUACIÓN POR PARES
La recepción de un original no presupone la aceptación para su publicación. Los originales son, en primer lugar, sometidos a una evaluación de la secretaría para comprobar el cumplimiento de los requisitos de las normas de edición así como la adecuación a las líneas y objetivos editoriales de la revista.
La secretaría técnica envía las copias, sin el nombre del/a autor/a a dos personas revisoras designadas por la dirección de la revista, recurriendo al sistema de pares y doble ciego manteniendo el anonimato de los/as autores/as como de evaluadores/as quienes emiten su informe en un plazo de uno a dos meses.
Sobre esos informes, se decide:
- Aconsejar su publicación.
- Desaconsejar su publicación.
- Proponer modificaciones al autor/a del trabajo.
En caso de que dos informes sean contradictorios, se acudirá a un tercer revisor/a.
Los/las autores/as reciben una notificación detallada y motivada donde se expone el contenido de los informes de las personas revisoras, con las indicaciones para las modificaciones, si es el caso.
4. POLÍTICA DE ACCESO ABIERTO
UNIVERSITAS es una publicación gratuita, en la que no existe ánimo de lucro, ni se presta ningún servicio a título oneroso. Los fines de esta revista son exclusivamente científicos y culturales.
5. CONTROL DE PLAGIO
UNIVERSITAS emplea el software Turnitin para identificar coincidencias y similitudes entre los textos presentados y aquellos previamente publicados en diversas fuentes. Antes de su evaluación externa, el equipo editorial someterá los artículos propuestos a una revisión antiplagio. Si se detecta una posible práctica de plagio, el manuscrito será rechazado para su publicación y se notificará a sus autores y autoras.
6. INDEXACIÓN DE BASES DE DATOS
La revista UNIVERSITAS. Revista de Filosofía, Derecho y Política se encuentra indexada en las siguientes bases de datos:
- En las herramientas de análisis DICE y CIRC (Clasificación Integrada de Revistas Científicas), producidas por el CSIC.
- Incluida en el directorio LATINDEX.
- Referenciada en Dialnet (Universidad de La Rioja).
- Analizada en Miar (Matriu d'Informació per a l'Avaluació de Revistes) (Universidad de Barcelona).
- Indexada en Ágora, sistema de información de referencia iberoamericana liderado por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP).
7. DECLARACIÓN DE ÉTICA Y BUENAS PRÁCTICAS
UNIVERSITAS sigue los estándares establecidos por el Committee on Publication Ethics (COPE) para editores de revistas científicas en la gestión, edición, revisión y publicación de trabajos académicos. Estos estándares pueden consultarse en el siguiente enlace: https://publicationethics.org/guidance
Publicación y Autoría
- Todos los trabajos presentados están sujetos a un proceso de estricta revisión por pares, con doble anonimato, por al menos dos personas revisoras nacionales e internacionales, expertas en el área específica de la contribución.
- Los factores que se tendrán en cuenta en la revisión son: pertinencia, solidez, relevancia, originalidad, legibilidad y manejo del lenguaje.
- Las decisiones posibles serán: aceptación, aceptación con revisiones o rechazo.
- Si se solicita a las personas autoras que realicen una revisión y vuelvan a enviar el trabajo, no hay ninguna garantía de que la versión revisada sea aceptada.
- Los trabajos rechazados no volverán a ser objeto de revisión.
- La aceptación de un trabajo está limitada por el respeto a los requisitos legales vigentes en materia de difamación, derechos de autor y plagio.
- Ninguna investigación puede incluirse en más de una publicación.
Responsabilidad de las Personas Autoras
- Las personas autoras deben certificar que sus manuscritos son originales y de su propia autoría.
- Las personas autoras deben certificar que el manuscrito no ha sido publicado previamente en otro lugar.
- Las personas autoras deben presentar sus trabajos respetando las indicaciones incluidas en el proceso de envío para asegurar una revisión anónima.
- Las personas autoras se comprometen a participar en el proceso de revisión por pares con doble anonimato.
- Las personas autoras están obligadas a incorporar rectificaciones o correcciones de errores.
- Todas las personas que hayan contribuido significativamente a la investigación deben ser reconocidas como autoras.
- Las personas autoras deben indicar que todos los datos que figuran en el documento son reales y auténticos.
- Las personas autoras deben notificar al equipo editorial sobre cualquier conflicto de intereses.
- Las personas autoras deben identificar todas las fuentes utilizadas en la creación de su manuscrito.
- Las personas autoras deben informar al equipo editorial sobre cualquier error que descubran en el trabajo publicado.
Responsabilidad de las Personas Revisoras
- Las personas revisoras deben mantener la confidencialidad de toda la información relacionada con los trabajos y tratarlos como información privilegiada.
- Las revisiones deben realizarse de manera objetiva, sin críticas personales a las personas autoras.
- Las personas revisoras deben expresar sus puntos de vista de manera clara y con argumentos de respaldo.
- Las personas revisoras deben identificar trabajos publicados relevantes que no hayan sido citados por las personas autoras.
- Se solicita a las personas revisoras que evalúen si el trabajo es metodológicamente sólido, si contiene resultados claramente presentados y respaldados por sus conclusiones, si incluye una bibliografía adecuada y si hace una contribución significativa a las ciencias jurídicas o sociales.
- Las personas revisoras deben informar al equipo editorial sobre cualquier similitud sustancial o superposición entre el manuscrito en consideración y cualquier otro trabajo publicado del que tengan conocimiento.
- Las personas revisoras deben considerar los manuscritos recibidos para su revisión como documentos confidenciales. No deben ser mostrados ni discutidos con terceros, salvo en casos excepcionales en los que se pueda consultar a personas expertas que puedan asesorar científicamente o académicamente. En estos casos, las identidades de las personas consultadas deben ser reveladas al equipo editorial.
- Las personas revisoras no deben evaluar manuscritos en los que tengan conflictos de intereses derivados de relaciones competitivas, colaborativas o de otro tipo con cualquiera de las personas autoras, empresas o instituciones relacionadas con los trabajos.
Responsabilidad de las Personas Editoras
- Las personas editoras tienen toda la responsabilidad y la autoridad para aceptar o rechazar un trabajo.
- Las personas editoras son responsables del contenido y la calidad general de la publicación.
- Las personas editoras deben garantizar la calidad de los trabajos y la integridad del proceso académico.
- Las personas editoras deben publicar páginas de erratas o realizar correcciones cuando sea necesario.
- Las personas editoras deben tener un panorama claro de las fuentes de financiación de la investigación en caso de que esto se considere necesario.
- Las personas editoras deben basar sus decisiones sobre los trabajos únicamente en su importancia, originalidad, claridad y relevancia para el alcance de la publicación.
- Las personas editoras deben respetar la independencia intelectual de las personas autoras y evaluar cada contribución de manera objetiva.
- Las personas editoras no deben revertir sus decisiones ni revocar las tomadas por editores o editoras anteriores sin un motivo riguroso y fundamentado.
- Las personas editoras deben preservar el anonimato de quienes revisan los trabajos.
- Las personas editoras deben asegurarse de que todo el material de investigación publicado cumpla con las pautas éticas aceptadas internacionalmente.
- Las personas editoras deben actuar si sospechan de una mala práctica por parte de las personas autoras que pueda afectar la publicación en la revista. En estos casos, deben realizar todos los intentos razonables para encontrar una solución al problema.
- Las personas editoras no deben rechazar trabajos basados únicamente en sospechas de mala conducta; deben contar con pruebas de mala práctica.
- Las personas editoras deben evitar cualquier conflicto de intereses entre el equipo editorial, las personas autoras, las personas revisoras y el consejo editorial.
- La información, los argumentos o las interpretaciones no publicadas contenidas en un manuscrito enviado a la revista no pueden ser utilizadas en investigaciones realizadas por las personas editoras.
Conflicto de Intereses
- El equipo editorial de la revista se compromete a evitar cualquier conflicto de interés entre las personas involucradas en el proceso de publicación.
- Todo texto enviado será evaluado en función de su contenido intelectual, evitando que cualquier tipo de discriminación por razones sociales, condiciones o situaciones personales interfiera en el proceso. Asimismo, se desestimarán aquellas evaluaciones externas que antepongan una postura personal a la calidad del trabajo.
- Se solicita a las personas autoras y revisoras que informen previamente sobre cualquier conflicto de intereses relevante que pudieran tener para que pueda ser considerado al asignar las evaluaciones.
- Si surge algún conflicto después de la publicación de la contribución, se tomará la medida correspondiente, como una retractación o la declaración del hecho cuando sea necesario.
- Se entiende por "conflicto de interés" cualquier situación en la que exista una divergencia entre los intereses personales de una persona y sus responsabilidades en las actividades científicas que desarrolla, ya sea como autora, revisora o miembro del equipo editorial, lo que podría influir en su juicio crítico e integridad en la toma de decisiones.
- Un conflicto de interés académico se da cuando una persona revisora o editora sigue una determinada tendencia metodológica o ideológica de manera que pueda afectar su objetividad al evaluar el trabajo de otras personas. Por esta razón, se solicita que informen de ello con antelación.
- La política de la revista es publicar trabajos originales, escritos por quienes declaran su autoría, inéditos y que no hayan sido publicados previamente en ningún medio impreso o digital.
8. DERECHOS DE AUTOR Y POLITICA DE DIFUSIÓN
Los autores conservan la propiedad intelectual de los artículos publicados en UNIVERSITAS, mientras que los derechos de edición y publicación corresponden a la revista. Sumado a su compromiso con la difusión del conocimiento, la revista ofrece acceso libre a su contenido, fomentando así un mayor intercambio académico y cultural a nivel global.
Salvo indicación en contrario, los textos publicados en esta revista están protegidos bajo una licencia Creative Commons Reconocimiento-Sin Obras Derivadas 3.0 España (CC BY-ND 3.0 ES). Esto permite su copia, distribución y comunicación pública, siempre que se cite al autor, la revista y la institución editora, y que no se realicen modificaciones o creaciones derivadas de la obra original. La licencia completa puede consultarse en: http://creativecommons.org/licenses/by-nd/3.0/es/deed.es.
Los artículos publicados en UNIVERSITAS se difunden a través de su plataforma electrónica, listas de distribución y redes sociales, así como por los canales de comunicación del Instituto de Derechos Humanos "Gregorio Peces-Barba".